Averiguaciones y Disputas

Bajo las disposiciones de la ley RESPA, al prestador de servicios hipotecarios de su préstamo se le requiere que responda prontamente a las averiguaciones o reclamos escritos, también llamados reclamos calificados por escrito.

Si usted cree que le imputaron un cargo o multa por pago atrasado incorrectamente o si se le presentan otros problemas relacionados a la administración de su préstamo, contacte a su prestador de servicios hipotecarios por escrito.

Asegúrese de incluir el número de su cuenta y explicar claramente la razón por la cual usted cree que hay un error en su cuenta. Su pedido de informes o reclamo no debe ser simplemente una nota escrita en su cupón de pago, sino que debe ser una carta enviada por separado al domicilio de atención de servicio al cliente.

El prestador de servicios hipotecarios debe enviarle una respuesta escrita acusando recibo dentro de los siguientes 20 días hábiles posteriores a la recepción de su carta. Dentro de los 60 días hábiles subsiguientes, el prestador de servicios hipotecarios debe corregir su cuenta o bien determinar que es correcta. El prestador debe enviarle un aviso por escrito describiendo la acción o medida que tomó y la razón de la misma, junto con el nombre y número de teléfono de una persona a la que pueda llamar para recibir asistencia adicional.

No reste ningún monto disputado al pago de la cuota de su hipoteca. Algunos prestadores de servicios hipotecarios podrían rechazar aquellos montos que consideren pagos parciales. Podrían devolverle el cheque e imputarle un cargo por pago atrasado o aducir que su hipoteca entró en cesación de pagos y comenzar los procedimientos de ejecución hipotecaria.